Llamado a operadores jurídicos para que cumplan términos de remisión de tutelas
Por parte de la Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
Los presidentes de la Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial se reunieron con el fin de analizar el cumplimiento de los términos de remisión de los expedientes de tutela por parte de los juzgados y tribunales del país a la Corte Constitucional, para iniciar el trámite eventual de revisión.
De acuerdo con el Decreto 2591 de 1991, los fallos de tutela que no sean impugnados deben ser enviados al día siguiente a la Corte Constitucional y los de segunda instancia dentro de los 10 días siguientes a su ejecutoria. Sin embargo, en la última sala de selección de este Alto Tribunal se evidenció que el 14,9% de las tutelas se enviaron por fuera de estos términos.
Las corporaciones hicieron un llamado a los operadores jurídicos para que cumplan estos términos, con el fin de garantizar una eventual revisión oportuna y eficaz y, a su vez, evitar la incursión en faltas disciplinarias.
A continuación, se presentan algunas estadísticas que reflejan cuáles son las regiones con mayor demora en dicha remisión, así como el tiempo promedio en que son remitidos tardíamente.
- En la sala 05, se estudiaron 42.957 expedientes, de los cuales, el 14,9% se remitieron tardíamente.
- Por cada 1.000 expedientes remitidos a la Corte, 149 son remitidos tardíamente.
Departamento de origen
Casi el 60% de los expedientes remitidos tardíamente provinieron de Bogotá, Antioquia, Norte de Santander, Santander y Valle del Cauca.
De acuerdo con la cantidad de expedientes remitidos por cada departamento, se encuentra que, por cada 1.000 expedientes remitidos a la Corte, 300 se remiten tardíamente en el departamento de Vichada, 289 en Vaupés, 267 en Amazonas, 204 Meta y 202 en Norte de Santander.